Poder Judicial y conflictos políticos. Tomo III. (Chile: 1973-1990). Brian Loveman

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Название Poder Judicial y conflictos políticos. Tomo III. (Chile: 1973-1990)
Автор произведения Brian Loveman
Жанр Документальная литература
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Издательство Документальная литература
Год выпуска 0
isbn 9789560013781



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y asesinatos de la Operación Colombo seguían siendo noticias judiciales a mediados de 2019.

       El caso «Calle Conferencia»

      El caso que se conoce como «Calle Conferencia 1» (mayo, 1976) se refiere a la operación organizada por la DINA contra el Comité Central del Partido Comunista, en la que fueron detenidos varios de sus miembros en el inmueble ubicado en calle Conferencia N° 1587, en Santiago: «El lugar fue ocupado por agentes que llevaron a cabo una acción conocida como «ratonera», aparentado normalidad con el objetivo de detener a las personas que se presentaran. Fue así como Mario Zamorano Donoso, Onofre Muñoz Poutays, Uldarico Donaire Cortez, Jaime Donato Avendaño y Elisa del Carmen Escobar Cepeda fueron secuestrados y posteriormente trasladados hasta Villa Grimaldi, desde donde se perdió su rastro hasta el día de hoy»235. Se conoce como caso «Calle Conferencia 2», conocido también como «caso de los 13», a la operación implementada entre noviembre y diciembre de 1976 en la que «distintos puntos de la capital, principalmente la zona oriente detuvieron a Fernando Navarro Allendes, Lincoyán Berríos Cataldo, Horacio Cepeda Marinkovic, Fernando Ortiz Letelier, Héctor Véliz Ramírez, y Waldo Ulises Pizarro Molina, todos militantes comunistas, quienes los trasladaron a un cuartel secreto ubicado en calle Simón Bolívar N° 8.800, comuna de La Reina, donde fueron interrogados bajo brutales torturas y posteriormente hechos desaparecer»236.

      Sin embargo, desde 1998 se experimentaron cambios importantes en la jurisprudencia respecto a la aplicabilidad del decreto ley de amnistía de 1978, la aplicación del derecho internacional, particularmente de los Convenios de Ginebra, la tipificación de varios de los crímenes cometidos por agentes del Estado entre 1973 y 1990 y sobre la imprescriptibilidad en casos civiles, que permitían reparaciones monetarias importantes a familiares de víctimas. Según la abogada Karinna Fernández Neira, los cambios de jurisprudencia y doctrina «constituyeron un nuevo referente principalmente para los tribunales inferiores y que impulsó la reapertura de muchas causas», pero también, desde 2007, se aplicaba la normativa del artículo 103 del Código penal a delitos que «nunca prescribirán», permitiendo la «gradual prescripción» (reducción del «quantum de la sanción», no extinción de la «responsabilidad penal»)237. Estas tendencias afectaban los deselances de los casos acumulados bajo «Calle Conferencia 1 y 2», entre muchos otros, incluso los procesos todavía abiertos en 2018.

      El 12 de enero 1998, la dirigente comunista Gladys Marín presentó la primera querella criminal contra el general Augusto Pinochet, por el crimen de 8 militantes, entre quienes se contaba su esposo, Jorge Muñoz (rol 2182-98)238. El 2 de junio de 2003, el juez Juan Guzmán procesó por este caso a cinco ex miembros del Ejército que cumplían labores como agentes de la DINA, entre ellos el brigadier en retiro Miguel Krassnoff Martchenko. El proceso continuó, después de 2005, en manos del juez Víctor Montiglio239. En 2007 un testigo crucial del caso «se suicidó». El abogado Eduardo Contreras, querellante en el caso Calle Conferencia, «consideró ‘extraordinariamente sospechosa’ la muerte del exagente civil de la DINA, Carlos Marcos Muñoz, quien se suicidó esta mañana en dependencias del Batallón de Policía Militar, donde permanecía detenido»240.

      En 2008, la Corte Suprema revocó el sobreseimiento por amnistía con que la justicia militar y la Corte de Apelaciones de Santiago beneficiaron en 1989 y 2001, respectivamente, al ex jefe de la DINA, general (r) Manuel Contreras Sepúlveda, en la causa por los crímenes de Calle Conferencia, «acogiendo un recurso de casación que en el año 2002 interpusieron los abogados Alberto Espinoza, de FASIC, y Boris Paredes del Programa de Derechos Humanos del Ministerio del Interior»241.

      Cinco años después, en 2013, la prensa informaba que el ministro de la Corte de Apelaciones Miguel Vázquez había dictado «acusación contra 79 ex agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), en el juicio que se sigue por la desaparición de 7 personas y el homicidio de otra, todas militantes del Partido Comunista (PC), en lo que se denomina caso ‘Calle Conferencia’. El proceso apunta a los operativos de la DINA entre mayo de 1976 y enero de 1977, para detener, torturar y hacer desaparecer a los miembros de la primera comisión política que el PC organizó en la clandestinidad, tras el golpe militar de 1973»242.

      A mediados de 2017 la Corte de Apelaciones de Santiago condenó, en fallo unánime (causa criminal rol 2.081-2015), a 10 agentes de la DINA por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado del matrimonio de Bernardo Araya Zuleta y María Flores Barraza, víctimas del caso Calle Conferencia, perpetrado a partir del 6 de abril de 1976243. Se rebajaron las penas y grados de participación de algunos de los condenados, aplicando la prescripción gradual, y se absolvió a otros «por no obrar en autos antecedentes suficientes que permitieran formarse la convicción que exige el artículo 456 del Código en cuanto a que cupiera participación punible en el hecho como autor, cómplice o encubridor». Además, se desestimaron «las demandas civiles de indemnización de perjuicios deducidas a fojas 2.734 y 2.763 en contra del Fisco de Chile»244.

      El 12 de mayo de 2018, a 42 años del secuestro de cinco militantes comunistas desde el inmueble ubicado en calle Conferencia 1587, las Agrupaciones de Familiares de Detenidos Desaparecidos (AFDD) y Ejecutados Políticos (AFEP) y el Partido Comunista, realizaron un acto de homenaje. Informaba El Siglo: «Tras investigaciones se supo que a varias y varios de ellos les inyectaron cianuro, les aplicaron gas sarín, quemaron las yemas de sus dedos y rostros con sopletes provocando mutilaciones que impidieran su identificación. Fueron llevados al centro de detención de Villa Grimaldi y algunos, después, al siniestro Cuartel de Simón Bolívar. Fueron torturados y asesinados, y luego hechos desaparecer. Se usó el método de amarrarlos a rieles de tren y lanzarlos al mar desde helicópteros del Ejército para ocultar para siempre sus cuerpos. En la lista de las víctimas de esas salvajes acciones represivas se cuentan los casos de Mario Zamorano Donoso, Onofre Muñoz Poutays, Uldarico Donaire Cortez, Jaime Donato Avendaño y Elisa del Carmen Escobar Cepeda, aparte de otros militantes y ayudistas apresados»245.

      En diciembre de 2018, en el proceso Calle Conferencia 1, el ministro en visita, Miguel Vásquez dictó la sentencia en contra de 53 ex agentes de la DINA por su responsabilidad en ocho secuestros calificados y homicidio calificado de los integrantes del comité central del Partido Comunista, detenidos en 1976. A la vez, condenó al Estado a pagar una indemnización total de $3.460 millones a los familiares de las víctimas246.

      Según la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación, más de 170 comunistas fueron asesinados en 1973. Cerca de 50 eran dirigentes sindicales y comunales247. Entre enero de 1974 y diciembre de 1976 fueron detenidos, torturados y asesinados más de 150 comunistas, la mayoría de ellos tenían cargos de dirección en diversas instancias del partido248.

       El caso de Carmelo Soria Espinoza

      Carmelo Soria Espinoza fue secuestrado y torturado el 14 de julio de 1976 por la DINA. Su cadáver fue lanzado junto a su automóvil a un canal de regadío. Tenía doble nacionalidad española y chilena; trabajaba en el Centro Latinoamericano de Demografía (CELADE) en Chile, institución del sistema de Naciones Unidas (ONU), que gozaba de inmunidad diplomática. La prensa se refirió a su muerte como resultado de un accidente de tránsito. Representantes de Naciones Unidas pidieron que se abriera una investigación sobre el crimen, pero en 1979 el caso fue sobreseído como «homicidio por terceros no habidos». Desde 1985 hasta 2019, el desenlace judicial del «Caso Soria» sería extraordinariamente complejo, involucrando a instituciones internacionales e interamericanas, tribunales chilenos, europeos y de Estados Unidos.

      El proceso fue reabierto en 1991. Las investigaciones judiciales permitieron identificar como autores del crimen a miembros de la brigada Mulchén de la DINA. La DINA sospechaba que Soria pertenecía al Partido Comunista. Fue torturado y, como nunca entregó información, le aplicaron gas sarín y lo estrangularon, de acuerdo al testimonio entregado por el ex agente de la DINA Michael Townley en Estados Unidos, en 1992. Esta declaración movilizó a la justicia militar y la inteligencia del Ejército para encubrir