Название | El anillo de Giges |
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Автор произведения | Joaquín Luis García-Huidobro Correa |
Жанр | Документальная литература |
Серия | |
Издательство | Документальная литература |
Год выпуска | 0 |
isbn | 9786079845919 |
§ 20. La discusión acerca de si los juicios morales son juicios racionales está relacionada, entonces, con la cuestión de si existe una razón práctica. Quienes sostienen su existencia no pretenden afirmar que el hombre tiene dos razones. Es la misma y única razón que en algunos casos se refiere, para decirlo en terminología actual, al mundo del ser y otros al del deber ser. Es decir, a veces formula juicios del tipo “A es B” (típicos de la física, la química, la metafísica o las matemáticas), y otros juicios del tipo “A debe ser buscado (o evitado)” o “hay que hacer A” (que son característicos de disciplinas como el derecho o la política). Los primeros son teóricos, los segundos prácticos. La razón práctica puede decir de la teórica lo que Lía de Raquel en La divina comedia: “Ella se satisface con mirar, yo con obrar”.6 Una dificultad que históricamente ha existido para aceptar una razón práctica es que ésta no tiene el grado de exactitud y precisión de la razón especulativa. Muchas veces tiene que contentarse con razonamientos probables o con proceder sobre la base de la experiencia o de los consejos ajenos. Por otra parte, al referirse a un objeto que es cambiante (en este caso el bien, o sea, lo que hay que hacer) debe conformarse con decir las cosas en general y dejar a cada sujeto la tarea de aplicar, con su propia razón, esos criterios generales al caso particular. Esto se ve claro en campos como el derecho o la política. Cuestiones como si en el Parlamento debe existir una o dos Cámaras, la determinación de qué casos pueden o deben ser conocidos por la Corte Suprema de un país, o el alcance de la propiedad intelectual, requieren decisiones de gran complejidad, en las que hay que sopesar muchas razones a favor y en contra, pero que tienen gran importancia, y admiten soluciones mejores o peores, y muchas veces permiten más de una solución legítima.
§ 21. Una de las características fundamentales de la razón que opera en el derecho, la política y la economía es la referencia a los fines. En cada decisión política subyace la idea de que hay un estado de cosas que se quiere conseguir o evitar, algo que se busca cambiar o preservar: cuando vamos a votar, buscamos deshacernos sin derramamiento de sangre del gobierno de turno, que nos parece malo, o mantenerlo en el poder por unos años más. Es decir, cada decisión política supone una valoración, una idea de lo mejor y lo peor. No existe una política neutral, desde el momento en que, en esas decisiones, se están persiguiendo como fines cosas que podrían ser de una u otra manera. Si se las busca, es porque se las considera mejores que sus contrarias, y se piensa que se pueden dar razones para justificar esa solución. Toda decisión de este tipo supone, entonces, “una idea acerca de lo bueno” y apunta a conseguirlo como un fin.7
Como la racionalidad muchas veces se identifica con la exactitud y certeza que parecen proporcionar los métodos de la ciencia, es comprensible que algunos hayan negado el carácter racional de esa dimensión práctica de la razón. Sin embargo, es muy importante mantener la posibilidad de que la razón se refiera no sólo al mundo cuantitativo sino también al cualitativo, a lo bueno y lo malo e, incluso, a lo hermoso y lo feo. En efecto, la decisión de si se instala una turbina en una catarata para producir electricidad es ciertamente una decisión racional. Pero no se toma simplemente calculando los litros por segundo y la energía que pueden producir. Aquí la última palabra la tiene la política, que bien podrá decidir (racionalmente) que es un disparate afear cierto paisaje para obtener electricidad. Si no cabe entablar una discusión racional sobre estas materias, entonces sólo cabe la imposición, que aunque no sea violenta no por eso deja de tener un carácter forzado. Por eso, la racionalidad puramente calculadora no es suficiente a la hora de configurar la vida humana: la química nos enseña cómo se prepara el cianuro, pero nada nos dice acerca de qué hacer con él una vez que lo tenemos en un frasco.
§ 22. La llamada Tradición Central de Occidente ha sostenido siempre la capacidad de la razón humana para conocer la verdad, incluso en el orden práctico. Es decir, considera que la actividad de la razón no se agota en la mera descripción de hechos, en los cálculos matemáticos o en las operaciones lógicas. También sostiene que el hombre puede vivir según la razón, es decir, que no se halla plenamente determinado por el ambiente, las pasiones u otros de los muchos factores que influyen sobre él.8 De otro modo, sería muy discutible la legitimidad de contar con un ordenamiento penal y de sancionar a los delincuentes. En efecto, poner a un criminal entre rejas es algo muy distinto a encerrar un perro agresivo en la perrera, pues envuelve un reproche a su conducta. Para encerrar por muchos años a una persona en una cárcel no basta con decir que no nos gusta lo que hizo. En la base de la convicción que posee esa tradición en orden a que somos capaces de someter nuestros actos a la guía de la razón, está la idea de que el hombre no es reducible a la materia, es decir, que de alguna forma es inmortal y que, además, está abierto a la trascendencia.
Si esto es así, entonces la razón humana puede incluso juzgar e imperar algo contrario a lo que resulta apetecible. El hombre que vive conforme a la razón puede hacer frente a la dificultad cuando todos huyen, puede vencer el miedo, la ira y la comodidad, porque piensa que ese comportamiento, aunque incómodo, es el más digno y adecuado. Es la situación de Tomás Moro en la Torre de Londres, que, ante la perspectiva de ser decapitado por seguir su conciencia, podía afirmar que nos hallábamos ante un caso en que un hombre puede perder la cabeza y no obstante no sufrir ningún daño.
Modo de decidir y modo de justificar
§ 23. Con todo, queda por señalar qué papel desempeña específicamente la razón en el ámbito de la praxis y de qué modo lo hace. Mostrar que en el campo teórico es necesario un ejercicio de la razón no es difícil. De hecho, nadie duda de que actividades como calcular, derivar y constatar son propias de esa facultad humana. Aristóteles hace un completo análisis del modo en que discurre la razón cuando presenta su célebre silogismo teórico (del griego syllogismós, razonamiento),9 entendiendo por éste el razonamiento en el cual, a partir de dos proposiciones que operan como premisas o antecedentes, se llega a una tercera proposición que es consecuencia de las otras dos. Así, por ejemplo, si digo que “todos los hombres son mortales” (premisa mayor) y luego que “Sócrates es un hombre“ (premisa menor), concluyo entonces que “Sócrates es mortal”. Pero, naturalmente, con esto se señala sólo el modo en que discurre el pensamiento, es decir, la racionalidad teórica, pero no apunta a la influencia que la razón ejerce sobre las acciones o, dicho de otro modo, cómo un juicio moral puede ser racional.
Decir que un juicio moral es un juicio racional, no significa que, de hecho, para su obtención se haya seguido explícitamente un silogismo demasiado complicado. Para que un juicio sea racional, basta con que proceda de principios racionales y se refiera a circunstancias fácticas que han sido bien comprendidas. Por eso, si bien en ocasiones, podrá seguirse un razonamiento silogístico para llegar a la formulación de un determinado juicio moral, en la mayoría de los casos, en cambio, se llega a la solución moral de modo mucho más directo e intuitivo. Sería, de hecho, inviable que antes de hacer cualquier cosa tuviésemos que detenernos a identificar unas premisas y concluir lógicamente algo a partir de ellas. El hombre que está moralmente bien dispuesto,