Gestión de recursos laborales, formativos y análisis de puestos de trabajo para la inserción sociolaboral de personas con discapacidad. SSCG0109. Aránzazu Rodríguez Jover

Читать онлайн.



Скачать книгу

lo cual conlleva que puedan tener dificultades en la realización de procesos cognitivos, así como la necesidad de supervisión en la realización de determinadas tareas.

      2 La discapacidad sensorial, que engloba las deficiencias que se producen en cualquiera de los sentidos y que afecta a funciones relacionadas con la comunicación e interacción con el medio. Dentro de las mismas se encuentran:Deficiencias visuales.Deficiencias de oído, garganta y estructuras relacionadas. Es decir, deficiencias auditivas, deficiencias relacionadas con trastornos del lenguaje/habla/voz.En este caso, las personas requieren de tecnología que supla sus dificultades. Para ello se pueden utilizar mensajes sonoros, visuales, programas informáticos, etc.

      3 La discapacidad intelectual, que engloba las diferentes limitaciones en la inteligencia producidas por un desarrollo incompleto o detenido y que afecta a las funciones cognitivas, motrices, al lenguaje y a la socialización del individuo. Las dificultades de inserción de este colectivo están relacionadas con habilidades cognitivas, que pueden solventarse con anotaciones, repetición de actividades, utilización de tecnología como la calculadora, etc.

       Sabía que...

      El Instituto Nacional de Estadística realiza desde 2010 investigaciones sobre la situación de las personas discapacitadas en el mercado laboral. En la nota de prensa que elaboró al respecto, se indica que las personas con discapacidad auditiva presentan mayores tasas de actividad laboral, mientras que el colectivo que presenta menor tasa de actividad es el de personas con discapacidad mental.

       Actividades

      10. Entre en la página web del Instituto Nacional de Estadística y localice el documento “La panorámica de la discapacidad en España. Encuesta de Discapacidad, Autonomía Personal y situaciones de Dependencia 2008”. Busque en el mismo. Qué porcentaje de discapacitados trabaja y qué porcentaje está buscando trabajo. Señale así mismo el porcentaje de personas discapacitadas que se han beneficiado de alguna medida de acceso al empleo.

       Tipos de discapacidad según el grado de afectación

      El actual baremo indicado en el RD 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y cualificación del grado de minusvalía, establece una categoría relacionada con el desempeño de actividades/tareas y otra relacionada con la determinación del porcentaje de discapacidad. La unión de ambos ítems permite afirmar:

      1 Discapacidad nula: es aquella en la cual los síntomas, signos o secuelas de la discapacidad permanente, en caso de existir, son mínimos y no justifican una disminución de la capacidad de la persona para realizar actividades de la vida diaria.

      2 Discapacidad leve: es aquella en la que los síntomas, signos o secuelas conllevan alguna dificultad para la realización de las actividades de la vida diaria. El porcentaje que se otorga a esta tipología oscila entre el 1 y el 24 %.

      3 Discapacidad moderada: es aquella en la que los síntomas, signos o secuelas causan una disminución importante o imposibilitan la realización de algunas actividades de la vida diaria, pero la persona es independiente en la realización de actividades de autocuidado. El porcentaje que se otorga a esta tipología oscila entre el 25 y 49 %.

      4 Discapacidad grave: es aquella en la que la persona, además de tener dificultades para la realización de alguna de las actividades de la vida diaria, tiene afectada alguna de las actividades de autocuidado. El porcentaje que se otorga en esta tipología oscila entre el 50 y el 70 %.

      5 Discapacidad muy grave: es aquella en la que la persona está imposibilitada para realizar las actividades de la vida diaria. El porcentaje que se otorga en esta tipología oscila entre el 75 y el 100 %, salvo para las patologías relacionadas con la discapacidad intelectual.

       Nota

      Cuando existen 2 o más discapacidades se habla de pluridiscapacidad. Algunos ejemplos son la sordoceguera, o deficiencias que afectan a diversos órganos y funciones al mismo tiempo. En este caso, la normativa establece que se combinan los porcentajes de cada discapacidad, puesto que se considera que las consecuencias pueden potenciar el grado de no realización de actividades de la vida diaria. Es decir que se considera que el grado de discapacidad es superior al que origina cada una de ellas por separado.

       Definición

       Actividad de la vida diaria

      El Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, señala que se entiende por actividad de la vida diaria aquellas que son comunes a todos los ciudadanos: actividades de autocuidado (vestirse, comer, evitar riesgos, aseo e higiene personal, etc.), comunicación, actividad física, funciones sensoriales (oír, ver, etc.), funciones manuales, transporte, función sexual, sueño, actividades sociales y de ocio.

      El certificado de minusvalía, tras la promulgación del Real Decreto 1856/2009, de 4 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, y por el que se modifica el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, ha pasado a denominarse certificado de discapacidad con objeto de evitar el uso de terminología peyorativa y seguir las recomendaciones de la OMS, la cual, como se ha indicado anteriormente, elaboró la Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud (CIF-2001) e indicó en la misma que el concepto de discapacidad pasaba a sustituir al término de minusvalía.

      5.1. Concepto de certificado de discapacidad

      El certificado de discapacidad, a grandes rasgos, se puede definir como un dictamen técnico-facultativo que es la base técnica que fundamenta determinados actos administrativos que guían los procesos de rehabilitación, integración y asistencia de las personas afectadas por deficiencias y discapacidades.

      Además de esta definición genérica, está también la recogida en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las Personas con Discapacidad y su Inclusión Social, donde se indica que los titulares de derechos son las personas con una discapacidad reconocida mediante la valoración efectuada por los equipos multiprofesionales de atención a la discapacidad, los cuales, entre otras funciones, emiten un dictamen técnico normalizado en el que se recogen las deficiencias, limitaciones para realizar actividad, barreras y las capacidades y habilidades para las que las personas necesitan apoyo. Este dictamen técnico recibe el nombre de Certificado de Discapacidad, y ya aparecía en la Ley de Integración Social de los Minusválidos (LISMI), Ley 13/1982, de 7 de abril, que aunque se encuentra derogada supuso un avance cuantitativo y cualitativo en la atención a las personas con discapacidad.

       Sabía que...

      La incapacitación es un procedimiento judicial que está regulado por el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil, y que se inicia en un Juzgado de 1ª instancia, mediante solicitud dirigida al Ministerio Fiscal o demanda puesta ante el juez competente. Este procedimiento no reconoce un tipo de discapacidad, sino que establece limitaciones en la capacidad de obrar de la persona con la finalidad de proteger los intereses y derechos del incapacitado, tanto a nivel personal como patrimonial. Este procedimiento