Laicidad y libertad religiosa del servidor público: expresión de restricciones reforzadas. Carol Inés Villamil Ardila

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Название Laicidad y libertad religiosa del servidor público: expresión de restricciones reforzadas
Автор произведения Carol Inés Villamil Ardila
Жанр Социология
Серия
Издательство Социология
Год выпуска 0
isbn 9789587907735



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concluir esta primera sección señalamos cuatro aspectos, enseñados por el conjunto de estos hitos y transmitidos a la actualidad:

      El primero, la permanencia histórica del reclamo por la libertad religiosa, lo que evidencia el carácter de derecho humano inherente a la persona en cualquier tiempo, por lo que no puede afirmarse que se trate de un asunto exclusivo de la modernidad.

      En segundo lugar, la libertad religiosa como resultado del reconocimiento de cada individuo y de grupos de ellos como sujetos de derecho, forjó entidades específicas e independientes de los territorios y sus príncipes, lo que permitió la diferenciación entre el poder político establecido, los individuos y las asociaciones de estos, con lo que sentó las bases para que se construyeran los derechos fundamentales.

      Además, el uso de la confrontación política y bélica para asegurar un poder afín o tolerante con una religión específica estableció frente al Estado y sus representantes una exigencia de prescindir de la militancia religiosa y de constituirse en garantes de la creencia individual y de su expresión externa, personal o colectiva.

      Finalmente, la libertad religiosa que se forjó mediante el trasegar por los hitos expuestos, comprendió construcciones conceptuales de las que son ejemplo las propias de la Reforma (v. g. libre examen y la conciencia); peticiones pragmáticas y urgentes como las de los apologistas de los siglos I a III de esta era (v. g. el respeto por la vida de quien se apartara de la religión imperial); y manifestaciones concretas entre las que se halla la libertad de congregarse con fines religiosos, de impartir educación a los hijos de forma acorde con las propias creencias, o de enterrar a sus familiares fallecidos de conformidad con su culto.

      Esas especificaciones se convertirían en aspectos concretos de exigencia ante cada Estado, es decir en el componente subjetivo que permitirá establecer la libertad religiosa como derecho humano, tal como se explica más ampliamente en la tercera sección de este capítulo.

      Una vez identificados los hitos de construcción de la libertad religiosa y las características que persisten en la actualidad como legados de ese proceso, resulta necesario profundizar en el análisis de las relaciones entre poder político y religioso y las transformaciones que permitieron llegar a la laicidad como categoría explicativa actual de la interacción entre Estado y personas (naturales o jurídicas) religiosas. De ese propósito se encarga la siguiente sección.

       II. LAS RELACIONES ENTRE EL PODER POLÍTICO Y EL RELIGIOSO

      [§ 31] Esta segunda parte del primer capítulo precisa la relación entre el Estado y la libertad religiosa. El estudio que se desarrolla en las páginas siguientes presenta un enfoque evolutivo del vínculo entre Estado y libertad religiosa que hoy se explica mediante la laicidad. Este análisis se aborda con dos componentes: el primero plantea la evolución de la relación entre poder político y religión como tensión explicativa del vínculo actual entre Estado y libertad religiosa; y el segundo se ocupa de sustentar que la religión pasó de ser un fundamento del poder político a un derecho garantizado por aquel.

       A. La relación entre poder político y religión como tensión explicativa de la laicidad

      [§ 32] La comprensión de las relaciones entre poder político y religión, pasa por el análisis del monismo, en el que la dimensión política se ocupaba de todos los asuntos públicos, incluida la religión como uno de ellos; y aborda el dualismo, en el que se diferencia entre la sociedad religiosa y la sociedad política71. Ya en el dualismo, las relaciones entre lo político y lo religioso no se caracterizarán permanentemente por el equilibrio, sino por una lucha por la preponderancia de uno de esos factores sobre el otro.

      A partir de esa tensión histórica, vino a construirse el vínculo entre Estado y libertad religiosa, acerca del cual se reflexionará en las páginas siguientes, mediante una aproximación a la evolución de la relación dualista de religión y poder político, que condujo a la laicidad como factor equilibrante.

      Con la aproximación a la evolución de la relación dualista entre religión y poder político se busca identificar los rasgos permanentes y variables de esa interacción, para analizarlos en lo concerniente al vínculo entre Estado y libertad religiosa.

      [§ 33] El monismo o integración de la religión como uno de los asuntos públicos, sin que permitiera su diferenciación del poder político, fue preponderante en periodos previos a la era cristiana. La diferenciación que el cristianismo hizo entre autoridad política y religiosa, acompañada de la atribución al individuo para escoger su creencia y, por ende, para ser sujeto tanto del poder político como del religioso, marcó un hito que justificó la exigencia de libertad religiosa, tal como se expuso en la primera sección de este capítulo72.

      Con esa diferenciación o dualismo73 se inició un recorrido conflictivo entre religión y poder político. De esa pugna son manifestaciones el cesaropapismo, la hierocracia, el regalismo, el pluralismo y, finalmente, la laicidad. Estos fenómenos no son necesariamente secuenciales, sino que pueden tener presencia simultánea o aparecer y desaparecer en distintos momentos.

      A continuación se destacarán algunos aspectos sobre esas expresiones, con el fin de detectar los rasgos característicos que persisten en la relación entre religión y Estado.

      [§ 34] El cesaropapismo, si bien reconocía la diferencia entre religión e Imperio –lo cual impide que se trate de un regreso al monismo74–, la asumía como un factor incorporado a lo político, por lo que promovió la incidencia directa de los emperadores en los asuntos eclesiásticos –doctrina, disciplina, nombramiento de obispos, creación de un derecho canónico75, etc.–, sometiéndolos a sus intereses. No se trató de la autonomía de la religión, sino de su inscripción al poder político a título de expresión oficial del Imperio que promovió su difusión y expansión, en un mutuo servicio, pues también la religión fue un instrumento de fortalecimiento imperial.

      Ese predominio imperial no estuvo exento de cuestionamientos, entre los que se destaca el que propugnó el reconocimiento del origen divino de la autoridad y, por ende, la preponderancia de la religión sobre el poder temporal, postura que se profundizó con la caída del Imperio de Occidente.

      Durante el feudalismo la dispersión política condujo a una mayor presencia eclesiástica en la repartición de tierras, en el dominio de estas y, en consecuencia, en la designación de los responsables o señores temporales de esas extensiones, tales como obispos o abades, o el mismo papa, quien adoptó el señorío de Roma. Esa autoridad combinada de lo político y lo religioso, en cabeza de miembros de la Iglesia católica, llevó a una preponderancia del poder religioso sobre asuntos temporales, al menos en los territorios dominados por las autoridades dependientes de Roma, pero que compitieron de forma permanente con el poder civil de los feudales, quienes también persistieron en la asignación de cargos eclesiásticos y generaron una competencia e interferencia en asuntos clericales76.

      El surgimiento del Sacro Imperio Romano Germánico trajo como postulado la reunificación del gobierno de la sociedad religiosa y la civil, sin dejar de distinguir su diferencia; pero la posesión de Carlomagno, a cargo del papa León III, reanimó el debate acerca de la preponderancia de uno de esos poderes y colocó al eclesiástico sobre el temporal. El fundamento de esa supremacía eclesiástica se derivó del hecho de ser el papa quien coronaba y consagraba al emperador, siervo de la Iglesia católica, cuya defensa era la razón de ser de la República cristiana77.

      La República cristiana no tuvo el poder para detener el nombramiento de las investiduras o cargos eclesiásticos, por parte de los feudales, o de los reyes o emperadores, por lo cual se suscitó un enfrentamiento tendiente ya no solo a determinar la preponderancia eclesiástica sobre el poder temporal