Название | Cuba: ¿Ajuste o transición? |
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Автор произведения | Rafael Rojas |
Жанр | Социология |
Серия | |
Издательство | Социология |
Год выпуска | 0 |
isbn | 9786079275693 |
Las reformas sino-vietnamitas en buena medida han desmontado los sistemas de pensiones y de salud que se ligaban principalmente a las grandes empresas estatales que fueron descentralizadas en su mayor parte; la educación requiere de ciertos copagos formales o informales, y la protección social en las zonas rurales no desarrolladas se ha deteriorado. Por lo tanto, en estos países, las reformas en el financiamiento de los servicios sociales son más radicales, pero han provocado problemas sociales y brechas enormes en el ingreso que ahora tratan de enfrentar.
Compraventa de viviendas
La reforma urbana de 1960 prohibió la compraventa y arriendo de viviendas, estableció que los propietarios de viviendas sólo podrían quedarse con aquella en que vivían, virtualmente prohibió la construcción de viviendas privadas, estipuló que los arrendatarios pagasen el arriendo mensual al Estado y que después de veinte años se convirtiesen en propietarios de su vivienda, y eliminó la hipoteca. El resultado positivo de estas medidas fue que la inmensa mayoría de la población es dueña de su hogar, pero los efectos adversos fueron más grandes. Como el gobierno construyó menos viviendas respecto del crecimiento de la población y otro porcentaje fue destruido por falta de mantenimiento o por huracanes, el déficit habitacional sobrepasa oficialmente las 600 000 unidades, pero un millón de acuerdo con mis cálculos. Para aliviar este problema social, considerado como el más serio de la revolución, se permitió la construcción privada de viviendas (esfuerzo propio) y la “permuta” o trueque de viviendas supuestamente de similar valor, pero que en la práctica desató una enorme burocracia y corrupción.
La reforma del sector de la vivienda introdujo avances positivos: autoriza la compraventa de viviendas a cubanos y extranjeros residentes permanentes, al precio libremente fijado por vendedor y comprador; permite la propiedad de una segunda vivienda de recreación en el campo o la playa; y concede el derecho de heredar la vivienda y pasarla a familiares de cubanos que emigran. Otras disposiciones liberan el precio de los materiales de construcción para venderlos a costo de mercado, eliminan el subsidio en este rubro a la par que conceden créditos a los pobres y al grupo de bajo ingreso para comprar materiales más baratos; otorgan algunas exenciones de impuestos; expanden los microcréditos estatales, un 90% de los cuales son para construir o reparar viviendas, y reintroducen la garantía prendaria aunque siga ausente la hipoteca inmobiliaria. Esta reforma es trascendental ya que permite que la vivienda congelada por más de medio siglo puedan ahora venderse para cambiar de residencia o generar capital, además de estar orientada al mercado que fija los precios.
Pero hay obstáculos y trabas. El registro inmobiliario fue virtualmente abandonado en Cuba porque nadie se preocupaba de inscribir su vivienda o actualizar su estado; un intento de crear un catastro nacional al comienzo de la revolución se abortó. Para efectuar una compraventa, la propiedad debe encontrarse inscrita en el registro inmobiliario, pero sólo 17% lo ha hecho; además la transacción debe ser efectuada ante notario público, pero el número de estos profesionales es insuficiente; hasta septiembre de 2013 no se permitían los agentes inmobiliarios, aunque en la práctica operaban; la publicidad para la compraventa utiliza medios rudimentarios (carteles en lugares donde se reúnen vendedores y compradores), y aunque hay un par de sitios de Internet para estos fines, su acceso a la población es muy limitado. La prohibición de que los extranjeros no residentes compren vivienda impide legalmente la inversión de la diáspora cubana, aunque hay información de que lo contrario suceda mediante triquiñuelas de todo tipo. La prohibición a los arquitectos de ejercer por cuenta propia es un escollo a la construcción y reparación de viviendas.
En China y Vietnam no sólo se permite la inversión extranjera en el sector de la vivienda sino que se procura y ha sido un factor crucial en el boom económico de ambos países; por supuesto, los extranjeros pueden comprar viviendas, así que en esto sus reformas son también mucho más avanzadas.
Inversión extranjera
La inversión interna en Cuba representa la mitad del promedio de América Latina, lo que ha inducido a una baja tasa de crecimiento económico del país. Según Marino Murillo, jefe de la Comisión Permanente para la Implementación de las Reformas, se requieren entre dos mil y dos mil quinientos millones de dólares anuales para que despegue la economía a un crecimiento razonable (Granma, 5 de octubre de 2014). Para lograrlo se aprobó en abril de 2014 una nueva ley de inversión extranjera que entró en vigor a fines de junio.
La nueva ley tiene avances respecto a la de 1995. Extiende la inversión extranjera a todos los sectores excepto salud, educación y fuerzas armadas. Exime el pago del impuesto sobre ingresos personales, el de la fuerza de trabajo y el aduanero para ciertas importaciones; el de utilidades por ocho años, y el impuesto sobre ventas por un año. Permite abrir cuentas en divisas en bancos extranjeros, así como la importación y exportación directas (lo último ya existía en la ley previa, pero no se cumplió). Limita el trámite de autorización/denegación de la inversión a 45 o 60 días dependiendo del ente estatal que aprueba; antes no había límite y a menudo tomaba años. Autoriza empresas con capital totalmente extranjero (estipulado en la ley previa, en la práctica 49%). Permite ser inversionista a las “personas jurídicas” cubanas residentes en la isla, y de manera implícita a los cubanos residentes en el exterior. Ofrece garantías a los inversionistas extranjeros incluyendo indemnización en caso de expropiación. Se espera que la Zona Especial de Desarrollo de Mariel (ZEDM) sea un imán para la inversión extranjera.
La ley no cambia ciertas normas previas o agrega limitantes. Continúa la contratación del personal a través de agencias estatales autorizadas; el inversor extranjero no puede escoger su personal o despedirlo, tiene que recibir el que le ofrezca la agencia estatal (salvo los de alto nivel); si surge un conflicto con un empleado, debe someterlo a la agencia para su resolución. Mantiene la entrega de los salarios en divisas por la empresa extranjera al gobierno y éste, a su vez, paga una fracción de lo cobrado a los trabajadores en pesos y la diferencia se la queda el Estado, lo cual es un desincentivo (el inversor puede crear un fondo de estimulación sobre sus utilidades para distribuir entre el personal).[8] Prohíbe ser inversionista a las “personas naturales” y a los trabajadores por cuenta propia, pero lo autoriza para las cooperativas. Los inversionistas extranjeros pueden ser expropiados por motivo de utilidad pública o interés social; en varios casos se deja la solución de conflictos a los tribunales locales y no a la corte de arbitraje internacional.
Las reformas sino-vietnamitas han extendido notablemente la inversión extranjera, lo cual ha sido un factor esencial para el boom económico de ambos países, los cuales han logrado de las más altas tasas de crecimiento en el mundo.
Actualización del modelo económico
He dejado para el final la reforma más difícil: la “actualización del modelo”. Los acuerdos del VI Congreso no transforman sustancialmente el modelo actual, sino pretenden actualizarlo en forma gradual, asegurando que se mantendrá el predominio del plan central y de la propiedad estatal sobre el mercado y la propiedad no estatal (la palabra “privada” no era mencionada en los acuerdos, pero se aceptó en 2014). No hay pautas en los acuerdos sobre el rol específico de cada sector y sus interacciones, además de que hay muchos vacíos y aspectos claves vagos del modelo.
Las secciones anteriores demuestran que las reformas estructurales están orientadas al mercado, y los acuerdos del Congreso le dan a éste un rol mayor al que tuvo en la revolución desde 1961 cuando se inició la planificación central, si bien, en ambos