Envejecer en el siglo XXI. Leonardo Palacios Sánchez

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Название Envejecer en el siglo XXI
Автор произведения Leonardo Palacios Sánchez
Жанр Медицина
Серия Medicina
Издательство Медицина
Год выпуска 0
isbn 9789587847130



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se halla internada la castiga negándole el derecho a sus rutinas de higiene. Un caso de maltrato, como el representado en esta película, puede ser denunciado en Colombia a la Policía, a la Fiscalía, al Centro de Atención a Víctimas de Violencia Intrafamiliar o la Comisaría de Familia (Fundación Saldarriaga Concha y HelpAge International, 2016).

      Otra de las formas que puede asumir el maltrato al adulto mayor es la invisibilidad de sus opiniones, necesidades y su legado. En este sentido, es imprescindible la promoción de espacios de convivencia intergeneracional, en los que se recupere la tradición oral y escrita de la cultura, a partir de los relatos y las experiencias de vida de los abuelos y las abuelas, como lo proponen los Principios de las Naciones Unidas en Favor de las Personas de Edad (Organización de las Naciones Unidas, 1999). Ejemplos de iniciativas con este propósito son el programa Abuelos Cuenta Cuentos (en Medellín) o la convocatoria anual de relatos Historias en Yo Mayor, de la Fundación Farenheit 451, la Fundación Saldarriaga Concha y El Espectador (2015).

       Desafíos bioéticos del cuidado a las personas mayores

      El informe Panorama de envejecimiento y dependencia en América Latina y el Caribe (Aranco et al., 2018) considera a un individuo como dependiente cuando es incapaz de realizar de manera autónoma, al menos, una de las actividades básicas de la vida diaria (abvd) de forma permanente (dependencia total).

      Según la Encuesta Nacional de Demografía y Salud (Ministerio de Salud y Profamilia, 2015), en Colombia, el grado de dificultad 1 (dependencia total) y 2 (dependencia severa) para realizar abvd aumenta exponencialmente con la edad, con un incremento significativo a partir de los 60 años. Esto mismo ocurre con la necesidad de ayuda permanente por otra persona: de los 2352 individuos encuestados, con edades entre 60 y 70 años, un 11,8 % requiere esta ayuda; pero en los individuos mayores de 80 años este porcentaje alcanza el 49,3 %.

      La Encuesta Nacional de Salud, Bienestar y Envejecimiento de 2015 identificó mayor dependencia para las abvd en la población femenina (25 %) que en la masculina (16 %). De igual manera, mostró que entre un 3,5 % y un 11,9 % de las personas mayores demandan algún tipo de ayuda para realizar al menos una actividad instrumental de la vida diaria, y que entre un 2,5 % y un 8,7 % fueron incapaces de realizarlas (Ministerio de Salud y Protección Social y Colciencias, 2016, pp. 209 y 222).

      La Encuesta Nacional de Demografía y Salud tuvo como muestra a 5405 personas mayores de 60 años, de las cuales 1369 necesitaban cuidador permanente. De estos cuidadores, aproximadamente un 48,1 % son mujeres (no se caracterizó específicamente el género de las parejas cuidadoras, cuidador no remunerado que no pertenece a la familia y personas remuneradas) y un 14,3 % de las personas mayores requieren un cuidador; pero no cuentan con los recursos o el apoyo para tenerlo (Ministerio de Salud y Profamilia, 2015, p. 149).

      Lo anterior evidencia la inequidad de género en la división sexual del trabajo, originada en la sociedad industrial, en la cual la mujer debía elegir entre ir a las fábricas o mantenerse en el trabajo no remunerado del hogar (Cepal, 2018). Actualmente, existe un incremento de la participación de la mujer en el mercado laboral en América Latina y el Caribe (en 1960 era del 20 %, y en 2015 casi del 50 %) que no se correlaciona con un crecimiento proporcional de la participación de los hombres en actividades domésticas y trabajo no remunerados (Aranco et al., 2018; Cepal, 2018). Esta situación genera para las mujeres un conflicto de obligaciones entre sus aspiraciones laborales, remuneración económica y la obligación moral del cuidado.

      En este contexto, muchas familias se ven obligadas a decidir entre asumir los costos de un cuidador formal o delegar en las mujeres el rol de cuidadora. No obstante, según Aranco et al. (2018), la oferta de cuidado formal se encuentra limitada por sus altos costos, índices de pobreza, vulnerabilidad económica y dificultades para ofrecer posibilidades viables, lo cual conlleva que muchas familias elijan opciones de cuidado, principalmente femenino, que en muchas ocasiones no es un cuidado cualificado, lo cual confiere mayor riesgo de maltrato para el sujeto de cuidado, como de deterioro para la salud de quien asume esta labor.

      Uno de los problemas existentes para contrarrestar dicha división sexual del trabajo es que la mayoría de los estados en América Latina y el Caribe centran sus normativas de cuidado en dos estrategias: la protección de la mujer trabajadora en el contexto de la maternidad y el apoyo de guardería a partir de los 45 días tras el nacimiento de sus hijos. No obstante, si bien la protección de las personas mayores ha sido reconocida como derecho en el artículo 17 del Protocolo de San Salvador (oea, 1988), este no ha sido reconocido de forma equivalente para quienes desempeñan las labores de cuidado.

      Lo anterior conduce a la perpetuación del modelo patriarcal del cuidado, caracterizado por la sobrerrepresentación femenina y el bajo reconocimiento del valor social y económico de la mujer cuidadora, lo cual se puede constatar en que un tercio del tiempo productivo semanal se destine a trabajo no remunerado (Cepal, 2018). Al tiempo, se ha observado otra consecuencia negativa en las personas mayores de bajos recursos económicos, quienes en muchas ocasiones se encuentran obligadas a continuar trabajando hasta edades avanzadas. En algunas regiones de América Latina y el Caribe, más del 20 % de los hombres mayores de 80 años persisten laborando (Aranco et al., 2018).

      Diversos estudios han demostrado el impacto negativo del cuidado informal sobre la salud mental y física del cuidador, quien presenta mayor riesgo de presentar cuadros clínicos, como depresión, ansiedad, trastornos del sueño, dolor articular, palpitaciones, dolor torácico, temblores, hipertensión, artritis, úlcera gástrica, cefalea, entre otros (Chang et al., 2010).

      Muchos casos de maltrato son secundarios a la sobrecarga en las labores de cuidado, las carencias en la capacitación del cuidador, la claudicación física y emocional que conlleva este trabajo y la sanción social ante el incumplimiento del cuidado como un deber moral. En este sentido, son múltiples las estrategias para disminuir estas cifras de maltrato contra la persona mayor: apoyo a los cuidadores, tanto desde la capacitación como desde la provisión de cuidado técnico cuando esta labor supera los recursos físicos, emocionales y económicos del núcleo familiar (Resolución 5928, 2016); consolidación de programas de respiro y relevo para los cuidadores; estrategias comunitarias de apoyo integral (rehabilitación basada en la comunidad); esfuerzos intersectoriales de apoyo al cuidador, como la estrategia Bancos de Tiempo; optimización y generalización del cuidado domiciliario a través de sistemas locales de atención; creación de seguros de dependencia; redistribución del trabajo de cuidado en términos de género; flexibilidad laboral para los cuidadores y políticas públicas para la prevención de la dependencia (contribución de las personas mayores en la economía del cuidado, seguros de retiro, educación continua, etc.).

      En países como Francia y Holanda se han implementado alojamientos estudiantiles alternativos para promover la convivencia intergeneracional y, al tiempo, facilitar la movilidad estudiantil. En este tipo de alojamientos, la persona mayor debe proveer una habitación adecuada y permitir el acceso a salas comunes; el estudiante, por su parte, debe estar al cuidado de la persona mayor durante su tiempo libre, colaborar con las labores diarias y participar en el pago de servicios domésticos (Campus France, 2011).

      La Política Pública para el Envejecimiento y la Vejez de Bogotá (2010-2015) planteó una línea de intervención enfocada en la formación de cuidadores y cuidadoras en la dimensión “Envejecer juntos y juntas”, al igual que otros ejes y líneas para favorecer la convivencia intergeneracional (Alcaldía Mayor de Bogotá y Secretaría Distrital de Integración Social, 2010).

       Marco normativo para la protección a los derechos de las personas mayores

      Es deber de la sociedad civil y el Estado atender y proteger los derechos de las personas mayores (Castilla, 2018). Con este propósito existe un amplio marco normativo que procura enfrentar esta obligación, al tiempo que se han estructurado políticas públicas con el objetivo de promover un cambio cultural en el que las personas mayores constituyen el eje de cada intervención, desde un componente integral y con especial enfoque en estrategias intersectoriales que comprenden el núcleo familiar y las instituciones educativas.

      La Ley