Anuario iberoamericano de derecho minero. Varios autores

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Название Anuario iberoamericano de derecho minero
Автор произведения Varios autores
Жанр Юриспруденция, право
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Издательство Юриспруденция, право
Год выпуска 0
isbn 9789587903737



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como el conjunto de acciones o iniciativas que pretenden el involucramiento activo de los ciudadanos en los procesos de toma de decisiones públicas bajo las modalidades de fiscalización y monitoreos ambientales comunitarios participativos, consulta pública, mesas de diálogo, formación de inspectores ambientales de monitoreo de agua, capacitaciones y talleres participativos, campañas de divulgación, entre otras que se consideren oportunas y durante las diferentes etapas de la actividad minera. La finalidad es construir espacios de intervención, diálogo, convivencia y acuerdo colectivo; mecanismos que permitan fortalecer la gestión ambiental minera y favorecer la comunicación con la comunidad en materia ambiental minera.

      En Jujuy se viene implementando el Decreto 5772/2010 dictado por el Poder Ejecutivo, el cual reglamenta la Ley 5063 “General del Ambiente de la Provincia” en concordancia con la Ley 24.585. El decreto se refiere al trámite de evaluación del IIA, establece la constitución de la Unidad de Gestión Ambiental Minera Provincial (UGAMP) y contempla una instancia de participación ciudadana (arts. 15 y 23). La UGAMP es, en esencia, un grupo multiactor que intervendrá en el proceso de evaluación del IIA y/o actualización y está compuesta por representantes de distintos organismos, instituciones, comunidades, entre otros7.

      Distintas provincias, entre ellas Jujuy, Salta, San Juan y Catamarca vienen implementando monitoreos ambientales comunitarios participativos, con asistencia de representantes de las universidades, veedores comunales, empresas, distintas áreas del Gobierno y público interesado8.

      11. ¿CUÁL ES EL PROCESO DE CIERRE DE MINA?

      Si bien las actividades destinadas al cierre de minas están alcanzadas por las previsiones de la Sección 2 del Título 13 del CM, “De la Protección Ambiental para la Actividad Minera” (art. 249; Ley 24.585, art. 4), y la misma prevé reglamentar los procedimientos, métodos y estándares requeridos conducentes a la protección y conservación ambiental (art. 16), no existe una legislación específica en dicha materia, como sí la tienen algunos países de la región. Actualmente se trabaja en un proyecto que promueve una ley sobre el tema y en el desarrollo de instrumentos específicos para aplicar a esta etapa de los proyectos mineros (Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, 2018).

      La normativa vigente señala que el Informe de Impacto Ambiental debe incluir las medidas de prevención, mitigación, rehabilitación, restauración o recomposición del medio alterado, según correspondiere (CM, art. 262, inc. d; Ley 24.585, art. 17). Por su parte, el Acta de San Carlos de Bariloche, aprobada por el COFEMIN en 1996, resalta en su Anexo III, entre los requerimientos que debe contener un informe de impacto ambiental para la etapa de explotación, describir las acciones referentes al cese y/o abandono de la explotación y el monitoreo postcierre de las operaciones.

      En la práctica, las autoridades de aplicación provinciales revisan los planes de cierre de minas presentados por los titulares en los informes de impacto ambiental en la fase de explotación. No hemos identificado antecedentes de cierres totales de minas metalíferas desde la vigencia de la Ley 24.585. Mina Ángela en la provincia de Chubut (oro, plata, cobre, plomo, zinc), que operó bajo el método de minería subterránea, y realizó sus trabajos de cierre en 1998.

      Es posible sumar a lo anterior, iniciativas contemporáneas de algunas provincias que buscan complementar el marco regulatorio establecido por la ley 24.585 en el ámbito de cierre de minas. Entre ellas, Catamarca, que en 2016 aprueba la Resolución SEM. N. 396 (Secretaría de Estado de Minería) estableciendo una “Guía para la elaboración del plan de cierre para la industria minera”. La resolución y la estructura del plan que fija su Anexo I deben ser ejecutadas en forma progresiva durante la vida útil de la operación minera. Se exige al titular de una concesión minera presentar informes semestrales dando cuenta de las labores de rehabilitación señaladas en el plan aprobado. El plan puede ser modificado en virtud de sugerencias de partes (se señala empresa – Gobierno) o por procesos de mejora continua; modificaciones de más del 50 % del contenido del mismo, implican la presentación de una nueva versión y la consiguiente aprobación. El mismo año se crea un Cuerpo Interdisciplinario de Cierre de Minas con el objetivo de centralizar, coordinar, tramitar y evaluar/fiscalizar los planes de cierre y demás documentación que se considere pertinente (Resolución SEM 1091). Por su parte, San Juan trabaja en un proyecto de ley provincial de cierre de minas que contiene aspectos como el establecimiento de una garantía financiera junto a un fondo de previsión ambiental. En 2018, este proyecto entró a la Cámara de Diputados para tratamiento legislativo9.

      Recientemente, algunas de las minas que se encontraban más próximas a su cierre de operaciones han logrado extender su vida útil. Un caso exitoso se ha dado en Jujuy donde se pudo empalmar el cierre de la Mina Pirquitas (plata, zinc) con la apertura de Chinchillas (plata, plomo y zinc). La continuación del proyecto implica la extracción de dichos minerales del depósito Chinchillas usando el método de minería a cielo abierto, los cuales son transportados y procesados en la planta de Pirquitas. El paso del método de minería a cielo abierto a minería subterránea ha permitido que proyectos como Bajo de la Alumbrera en Catamarca (cobre, oro, molibdeno) y Manantial Espejo en Santa Cruz (plata, oro) puedan continuar con sus operaciones (favorecidas por la quita de retenciones a las exportaciones mineras, que se reintrodujeron conforme fuera abordado en la pregunta 5. En el caso de Manantial Espejo, la exploración en los alrededores del proyecto permitió identificar nuevos yacimientos como Joaquín y COSE, y los minerales extraídos de estos últimos fueron procesados en la planta de Manantial Espejo. Recientemente, la Mina Gualcamayo en San Juan (oro) cambió de titularidad y apunta ahora al desarrollo de carbonatos profundos, –un recurso mineral no desarrollado hasta la fecha en la mina–, que se ubica por debajo de la mineralización de óxido de oro existente. Esto ha permitido extender la vida útil de la mina. Existen otros proyectos como Casposo, Veladero y Cerro Vanguardia, pero para estos, se aguardan definiciones a mediano plazo sobre las estrategias a seguir.

      Argentina cuenta con el precedente de un proyecto que ha operado por 82 años, Mina Aguilar en la provincia de Jujuy (plata, plomo y zinc), donde se continúa extrayendo mineral mediante el método de minería subterránea.

      12. ASPECTOS NOVEDOSOS DEL SECTOR MINERO

      En diciembre de 2017, el antiguo Ministerio de Energía y Minería (hoy Ministerio de Producción y Trabajo/Secretaría de Política Minera) anunció la intención del país de unirse al estándar Extractive Industries Transparency Initiative (EITI). En diciembre de 2018, Argentina oficializó la representación nacional del EITI conformando el grupo multipartícipe a nivel nacional y su postulación a dicho estándar. En consonancia con el impulso a una mayor transparencia de la información en el sector, se estableció el Centro de Información Minera de Argentina (CIMA) para la sistematización, organización y estandarización de la información minera en materia de producción, y para la difusión de datos, también se creó el catastro minero unificado online y se efectuó un censo nacional minero en 2017. Uno de los aspectos más destacables en materia de política minera es el trabajo de desarrollo de un régimen para el cierre de minas, así como también para la gestión de residuos mineros, de modo coordinado entre la Secretaría de Política Minera y las provincias.

      La normativa reciente a nivel provincial exige al concesionario de un área minera actualizar con carácter bimestral y/o semestral información referente a aspectos sociales vinculados con el desarrollo del proyecto. En algunos casos se trata de requisitos a cumplir por fuera de lo que son los procesos habituales de evaluación de un informe de impacto ambiental y/o actualización (por ejemplo, la Resolución 087/18 emitida en 2018 por la SM de la provincia de Salta)10.

      El litio concita gran atención a nivel internacional. A nivel interno, se ha creado la Mesa del Litio, un foro de discusión para desarrollar un enfoque conjunto para la exploración y el desarrollo de litio de las salinas. Las provincias del noroeste (Jujuy, Salta y Catamarca) están preparando un manual de buenas prácticas para la exploración y explotación de salmueras en salares, principalmente orientado a la explotación de litio. Se trabaja en la construcción de una visión a mediano y largo plazo para el sector y para su articulación con otros sectores de la economía, que permita ahondar en los pasos emprendidos a través