Название | Poder Judicial y conflictos políticos. Tomo II. (Chile: 1958-1973) |
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Автор произведения | Brian Loveman |
Жанр | Документальная литература |
Серия | |
Издательство | Документальная литература |
Год выпуска | 0 |
isbn | 9789560013774 |
Con fecha 12 de septiembre, el ministro sumariante interrogó a Julieta Campusano y la declaró reo. Su abogado Sergio Inzunza apeló. El 16 de septiembre Luis Quinteros Tricot (abogado, senador PS) alegó en su defensa42. El Siglo informaría regularmente acerca del proceso judicial, así como informó sobre los homenajes en honor de Campusano realizados en distintos lugares del país43. El 22 de septiembre, el ministro Iturra se constituyó en el local del Partido Comunista de Tocopilla, lugar donde se había llevado a efecto la reunión en la que se pronunció el discurso considerado injurioso por el Presidente Jorge Alessandri. Las diligencias tenían el propósito de comprobar la veracidad de las declaraciones de tres testigos que afirmaron haber oído a la inculpada desde un local cercano.
Campusano fue careada en el juzgado del crimen de Tocopilla, con el oficial de Carabineros Germán Orellana, que recogió la versión del discurso que dio origen a la denuncia del gobierno. También fue careada con Silvio Vicencio y Gilberto Oliva, funcionarios de Investigaciones que ya habían prestado declaración en Iquique. Además, Pedro Rojas Jorquera y Miguel Castro, testigos de Julieta Campusano que declararon que ella jamás injurió al Presidente de la República, fueron interrogados por el ministro Iturra. A su vez, los testigos del gobierno eran Diógenes Brontis, tesorero del Partido Liberal local, y Juan Villagrán, dirigente sindical. Ambos dijeron haber escuchado el discurso desde una pastelería situada frente al local del Partido Comunista. Sin embargo, el dueño de la pastelería, Juan Jusacoi, declaró que nunca estuvieron allí44.
El ministro Iturra hizo ubicar los parlantes tal como estaban ese día y él mismo se trasladó a la pastelería y a otros locales aledaños indicados por los testigos, mientras Julieta Campusano leía, comprobando que solamente se podía oír desde dentro del local. Después de estas diligencias, el ministro autorizó la libertad bajo fianza para Campusano y su regreso a Santiago, mientras se continuaba con el sumario45. Iturra cerró el sumario a fines de octubre. Pocos días después, el fiscal de la Corte de Apelaciones solicitó una condena de dos años de relegación46.
El abogado del gobierno no adhirió a la propuesta del tribunal y pidió pena de cárcel47, los abogados defensores de Julieta Campusano objetaron las pruebas del gobierno y la calidad de los testigos48. El abogado defensor Ángel Calderón Barra presentó un escrito argumentado que ella hizo una crítica política a la labor del gobierno basada en sus derechos constitucionales, «que no profirió injurias» y que las frases que le atribuyen no las dijo ella ni nadie que estuviera en la reunión. Agregó que hubo un solo testigo real, el funcionario de Carabineros de Tocopilla, quien aseguró haber tomado notas, permaneciendo de pie atrás en el lugar. Se refirió a los otros testigos y mencionó las contradicciones en las que ellos habrían incurrido49. Pocos días después Calderón pidió que los testigos falsos fueran procesados por la justicia ordinaria, por las diversas infracciones cometidas en sus declaraciones50.
En esos días, Julieta Campusano envió un mensaje que fue leído en la reunión política de su partido que se efectuaba en el Teatro Princesa en Santiago. Allí se refirió al proceso, a los interrogatorios a los que fue sometida y afirmó que la persecución que sufría, más que un asunto personal, era un indicio de las amenazas que afectaban a la democracia en Chile51.
El 3 de diciembre El Siglo informó que el ministro Iturra, fallando en conciencia, había condenado a Julieta Campusano a cumplir 541 días de relegación en Puerto Natales52. Añadió El Siglo que «todos los antecedentes de cargo en el proceso son falsos y prefabricados por agentes subalternos del Poder Ejecutivo, con el objeto de obtener una sentencia condenatoria y sin otra mira que congraciarse con las autoridades políticas de la República». Para el Partido Comunista, al Poder Judicial y al sistema de justicia les faltaba independencia y el proceso contra Campusano era «una violación a los derechos constitucionales» de ella53. Durante la semana siguiente hubo presiones de varios grupos políticos respecto al caso; los abogados defensores acusaban al ministro de «falta de imparcialidad»54. El 8 de diciembre, la Secretaría General de Gobierno desmintió al Partido Comunista que había afirmado «que el proceso seguido contra doña Julieta Campusano por injurias y calumnias a S.E. el Presidente de la República constituye un odioso acto de persecución política». Reiteró que se había solicitado «como única condición» para que ocurriera el desistimiento que la inculpada se retractara de sus dichos o bien desmintiera la frase calumniosa, lo que no había sucedido. En consecuencia, «cuantas disquisiciones se hagan para desfigurar la realidad, no pasarán de constituir inaceptables expedientes abogadiles»55. El 13 de diciembre el gobierno anunció oficialmente que se había desistido en la querella contra Campusano56. El Presidente de la República instruyó para que la Intendencia de Tarapacá iniciara el trámite del desistimiento. Explicó El Mercurio:
La Secretaría General de Gobierno emitió una declaración: En la edición de El Siglo del día 12 del actual se publicó una declaración de la Sra. Julieta Campusano en la que, sustancialmente, desmiente en forma categórica haber pronunciado la frase injuriosa en contra de Su Excelencia que motivó el proceso de injurias instruido en su contra. Siendo esa la primera vez que la Sra. Campusano formula un desmentido específico de esta naturaleza que llega a conocimiento del Presidente de la República, éste entiende que se ha cumplido la única condición que desde el primer momento impusiera para el desistimiento de parte del gobierno de la acción deducida. En tales condiciones, S.E. ha dado instrucciones correspondientes con el objeto de que se proceda a formalizar dicho desistimiento57.
Tres días después el gobierno anunció que los fondos recolectados para defender a Campusano se habían traspasado al Comité Central del Partido Comunista, a pedido de Campusano porque «no necesitaba la plata». Según La Nación, esta actitud produjo «decepción» entre los trabajadores comunistas que le dieron su aporte58. El desistimiento no permitió establecer judicialmente si Julieta Campusano fue autora de los delitos por los que fue acusada. Pero el gobierno demostró que no tenía reservas para perseguir a la oposición por las críticas políticas calificadas como «injurias» y como infracciones a la ley de seguridad interior del Estado, pretendiendo que los discursos críticos, en 1959, amenazaban al régimen político.
La reforma constitucional de 1959
La visión alessandrista se fundaba en esfuerzos por despolitizar y tecnificar la administración del país. Alessandri aborrecía la política partidaria y la «agitación» que se producía en la celebración de elecciones generales. Para evitar «un permanente clima de agitación electoral» propuso en noviembre de 1958 una reforma constitucional, postergando las elecciones municipales que debían celebrarse en abril de 1959, prorrogando el plazo de mandato de los entonces regidores y aumentando a cuatro años la duración del cargo de regidor, «de modo que recaigan precisamente en la mitad del respectivo período parlamentario»59. El objetivo de la reforma fue definido como «la conveniencia de evitar una nueva agitación política en el país, que se ha visto tan fuertemente sacudido por estas preocupaciones»60.
El Partido Socialista se opuso a la reforma y criticó el autoritarismo y el carácter antidemocrático del gobierno, aunque Alessandri llevaba pocos meses como Presidente de la República. Dijo el senador Aniceto Rodríguez: «el proyecto en debate exclusivamente como una manifestación del ánimo de evadir una consulta democrática por parte de un gobierno que, a brevísimo andar, está corriendo por el terreno del desprestigio. No advertimos ningún fundamento, ni real ni jurídico, para postergar las elecciones municipales del próximo año; sólo existe el deseo de evadir una consulta