Название | Estado del arte de los delitos de omisión en Colombia |
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Автор произведения | Martha Isabel Gómez Vélez |
Жанр | Зарубежная деловая литература |
Серия | |
Издательство | Зарубежная деловая литература |
Год выпуска | 0 |
isbn | 9789585495838 |
Se trata, entonces, de hacer una prospección, un análisis reflexivo y sistemático de un objeto específico de conocimiento, que en este caso es un recuento de lo que en Colombia se ha investigado sobre la figura penalmente relevante de la omisión, que tradicionalmente se ha entendido como un dejar de hacer lo que se tiene el deber jurídico de realizar. Para ello, es necesario acercarse a todas las posibles fuentes documentales que han trabajado el tema y en ellas tratar de desentrañar las perspectivas epistemológicas y metodológicas que se manejan, las posturas ideológicas de las que se parte y los supuestos, las propuestas y las conclusiones a las que se llegan. Esto le permitirá al investigador un acercamiento directo con su tema de estudio, le ayudará a aclarar ideas que posiblemente estén dispersas o dudosas y le permitirá conocer los autores que han trabajado su tema (Henderson, 2017, p. 5). El siguiente mapa conceptual puede ayudar a comprender de manera más clara el concepto del estado del arte:
Figura 1. Definición de estado del arte a partir de sus objetivos principales.
Fuente: https://normasapa.net/que-es-el-estado-del-arte/
Se trata entonces, según Londoño, Maldonado y Calderón (2016, p. 9), de una herramienta metodológica, que le debe permitir a quien investiga tener una referencia, para asumir una postura crítica sobre eso que ya se ha trabajado y tener ideas de lo que no se ha trabajado o la manera como no se ha abordado esa problemática específica, y que ello debe llevar a entender que el estado del arte no es un producto terminado, sino que es apenas una contribución en términos científicos para saber cómo abordar nuevas miradas sobre ese objeto de estudio, que es lo que se pretende con este escrito, dar los primeros pasos para la comprensión de lo que se ha dicho sobre los delitos de omisión en Colombia para poder proponer nuevas interpretaciones a la luz de un Estado constitucional de Derecho y de un Derecho penal liberal y garantista; por ello, sobre este punto, Londoño, Maldonado y Calderón (2016) consideran que:
[…] un estado del arte es una recopilación crítica de diversos tipos de texto de un área o disciplina que, de manera escrita, formaliza el proceso cognitivo de una investigación a través de la lectura de la bibliografía hallada durante la indagación del problema, los temas y los contextos (p. 10).
Galeano (2004, p. 142) expresa que, como el estado del arte es una orientación teórica y metodológica, también tiene unos puntos de partida epistemológicos: la hermenéutica y la teoría fundada. De la primera toma su capacidad de interpretar y mostrar la postura teórica y metodológica de cada una de las fuentes trabajadas, tratando además de hacer una lectura crítica de ellas, reconstruyendo con rigor los desarrollos teóricos de otros autores y también aportar diversas interpretaciones que transformen y contribuyan al objeto estudiado, de acuerdo a la propuesta de Gómez, Galeano y Jaramillo (2015, p. 429). De la segunda, toma la posibilidad de hacer una comparación juiciosa entre textos y que a partir de allí se puedan construir categorías que permitan darle una estructura al análisis que se realiza mediante el estado del arte. La interpretación de cada texto es una actividad que está presente a todo momento en la realización de un estado del arte y ello lleva a que afirmemos, siguiendo a Guevara (2016), que el estado del arte no es una simple técnica metodológica, sino que debemos entenderla como una categoría central en la investigación que nos permite acercarnos a un objeto de conocimiento a partir del análisis crítico de sus dimensiones epistemológica, política y metodológica; por ello el enfoque hermenéutico ha de servir para desentrañar la postura epistemológica en que se mueven los textos que se analizarán y para escoger la propia, desde la cual se indagará por el problema de investigación. Sobre la postura epistemológica, Guevara (2016), citando a Páramo (2006, p. 21), menciona que:
[…] se entiende por postura epistemológica o paradigma el conjunto de suposiciones de carácter filosófico de las que nos valemos para aproximar-nos a la búsqueda del conocimiento, la noción que compartimos de realidad y de verdad, y el papel que cumple el investigador en esta búsqueda de conocimiento, al igual que la manera como asumimos al sujeto estudiado3 (p. 166).
Como se trata de una forma de investigación documental, debe también utilizar rigurosamente sus métodos y técnicas, por ello se debe hacer el rastreo, selección y ubicación de las fuentes a trabajar, sobre una “revisión cuidadosa y sistemática de todo tipo de documentos escritos (revistas, libros, informes de investigación) que tengan relevancia con relación al tema, y que correspondan a la delimitación espacial y temporal establecida por el estudio” (Galeano, 2004, p. 142), lo que, para Londoño, Maldonado y Calderón (2016, p. 23), implica hacer una definición clara de lo que será la muestra documental de la investigación, que debe ser muy amplia, diferente al objeto de estudio, que debe ser lo más restringido posible. Para ello, se debe tener presente cuáles son esas posibles fuentes para el rastreo de la información, como bibliotecas, archivos, bases de datos y centros de documentación, de acuerdo con las necesidades y posibilidades de quien investiga. Para el caso específico de este estudio, se recurrió a las principales bibliotecas de la ciudad de Medellín, especialmente en aquellas universidades donde se ofrece el programa académico de Derecho, que suelen tener una bibliografía especializada en temas jurídicos, además de la consulta vía internet en bases de datos en las que se concentran igualmente, gran cantidad de documentos de investigación del área jurídica, como leyex. info y Dialnet Unirioja.
Una vez se ha hecho el rastreo y la selección de los documentos, lo siguiente es empezar a trabajar con cada texto, haciendo una especie de entrevista sobre los diferentes puntos que son relevantes en el tema escogido, es decir, las categorías de las que se ha partido para poder trabajar lo rastreado; además de verificar sus puntos de partida teórico, los autores que, recurrentemente, trabajan los tipos de documentos citados y la época en que se produjeron y los “modelos metodológicos, perspectivas, tendencias y líneas de trabajo presentes en el tratamiento de las temáticas” (Galeano, 2004, p. 143). Además, como esta metodología toma de la teoría fundada, la idea es hacer también un análisis desde el lenguaje, comparando y verificando cuáles son las diferencias y similitudes en cada uno de los documentos, contrastando además si cada texto es original o simplemente reformula o repite las temáticas que está tratando.
Henderson (2017, pp. 5–6) citando a Molina (2005), menciona que se deben seguir cuatro pasos para la realización de un estado del arte4:
1. Contextualización: requiere tener presente siempre el problema planteado en la investigación y sus límites, a partir de los cuales se deben definir los criterios para rastrear y seleccionar el material documental. En el estudio específico se fijó como elemento contextualizador que se tratara de fuentes que trabajaran los delitos de omisión bajo la normativa colombiana, fueran autores nacionales o no, pero que su estudio se centrara en la figura omisiva tal como estaba consagrada en la normativa colombiana, teniendo como referente los últimos dos códigos penales que han estado vigentes en el país: el decreto–ley 100 de 1980 y la ley 599 de 2000 (CP actual).
2. Clasificación: se deben determinar los parámetros para hacer la sistematización de la información seleccionadas, es decir, que se fije previamente qué tipo de documentos o publicaciones se van a trabajar, o si se va a limitar por aspectos cronológicos, por temas de estudio, por líneas de investigación o por las disciplinas involucradas. Respecto del estado del arte de los delitos de omisión en Colombia, se planteó una clasificación que tuviera en cuenta que las publicaciones fueran reflexiones de autores reconocidos en la dogmática jurídico–penal o en manuales que tradicionalmente han sido de consulta obligada para estudiantes y abogados; además, que se tratara de ejercicios investigativos realizados dentro del pregrado en Derecho o de maestrías o doctorados afines. Otros criterios de clasificación que se usaron fueron: si se trataba de un estudio general sobre los delitos de omisión o si se concentraba sólo en una de sus clases: omisión propia u omisión impropia, si se tomaba o no postura sobre la figura, si se planteaba una manera diferente de consagrarla o aplicarla o el tipo de herramientas metodológicas