Sociología de las organizaciones Públicas. Mario José Krieger

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Название Sociología de las organizaciones Públicas
Автор произведения Mario José Krieger
Жанр Зарубежная деловая литература
Серия
Издательство Зарубежная деловая литература
Год выпуска 0
isbn 9789870117841



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del poder; la afirmación de la ley como fundamentación del corpus ideológico en la racionalidad del individuo y en el proceso de secularización; la idea del “contrato” voluntario entre los individuos libres que se expresa en el “pacto de asociación” y, finalmente, la no interferencia del poder del Estado en la economía debido a que ésta debe seguir el orden natural y espontáneo expresado en el mercado libre que hace posible la creación de riqueza y bienestar.

      Una problemática inherente al desarrollo del Estado-Nación está fundada en la tensión existente entre el ejercicio de la soberanía en el ámbito interno con la debilidad relativa y las restricciones que experimenta esa capacidad soberana en el plano internacional.

      En el ámbito interno, la problemática se expresa en la asociación entre Derecho y Poder. El soberano hobbesiano recurre al poder de amenaza que le otorga el contrato de adhesión de los súbditos para garantizar el orden sustentado en la vigencia del derecho privado que protege el “pacto de asociación” entre los individuos; un pacto que preservará los derechos fundamentales ante el riesgo del abuso del poder que, por otra parte, es inescindible de la dinámica que constituye a toda relación política.

      La evolución de la teoría política continuará con las bases doctrinarias del Liberalismo en la formulación de J. Locke, propugnando la sumisión del poder político a la vigencia del derecho y garantizando la supremacía de éste en la distinción de las funciones que hacen a la realización del poder político.

      El Estado liberal se obliga a respetar los derechos individuales fundamentales (derecho a la vida, a la libertad y a la propiedad) en tanto son anteriores a la constitución de la sociedad. El gobierno, a su vez, constituido por el Parlamento, representa la soberanía del Pueblo y un poder ejecutivo delegado en el monarca que está igualmente obligado a cumplir con las normas emanadas del órgano legislativo. No olvidemos que, para Locke, los individuos abandonan el “estado de naturaleza” con el propósito de constituir una sociedad civil de base contractual donde sus derechos y libertades habrán de ser protegidos por el Estado mediante la vigencia del derecho racional.

      En este punto, cabe señalar que la teoría del “realismo político” se define a través de las siguientes premisas: a) la realidad política es conflicto; b) el conflicto se gobierna con la fuerza; c) el conflicto produce orden y forma a través de y d) la instauración de jerarquías y mando.

      La realidad indica el modo de ser de las cosas, de las relaciones de poder, independiente de los deseos y preferencias de los actores. La realidad es Resistencia a los deseos y pulsiones –Resistencialidad– (Heidegger).

      En este punto cabe una referencia a las teorías que a lo largo de la historia han propugnado la posibilidad de la “extinción del Estado”. Se trata de un largo debate en torno a la desaparición del Estado que cobra mayor vigencia en el siglo XIX con la aparición de la sociedad industrial; en efecto, el fenómeno industrial lleva a pensar en cambios sociales de gran magnitud generados por la irrupción de la ciencia y la tecnología en los procesos productivos con fuertes impactos en las relaciones sociales.

      En ese marco, la idea de la extinción del trabajo humano como consecuencia de la automatización es un aspecto de la creencia “utópica” en la desaparición de toda regulación implicada en los sistemas de dominación social y políticos. H. Saint Simon advierte que la industria genera un Estado de dominación que determinará su contrario, con la búsqueda de la desaparición del Estado. Proudhon habla de la “administración de las cosas y dominio sobre los hombres” y Marx postula el fin del Estado en la sociedad comunista.

      Estas teorías se fundan en la idea del autogobierno y son llevadas a su máxima expresión en las formulaciones del anarquismo y también del liberalismo económico asociado a la escuela clásica alemana –Von Hayek– que hoy vemos actualizada en la formulación neoliberal de supremacía del mercado, no obstante las advertencias de Hobbes, para quien el Estado era inmortal aunque advertía que los hombres y sus discordias eran una amenaza permanente para volver al estado de naturaleza.

      El modelo liberal individualista que implica el funcionamiento de un “Estado gendarme” cuyas atribuciones se limitan a garantizar la seguridad y la previsibilidad de los contratos en el marco del libre mercado, tendrá problemas de viabilidad, debido a dos razones principales; por una parte, su incapacidad para evitar que se produzcan las crisis periódicas en la economía capitalista, generadas por la dinámica del propio sistema que al liberar las fuerzas del mercado, cuyo funcionamiento está determinado por ineficiencias en la asignación de los factores de producción causa desequilibrios que afectan a la tasa de ganancia y por ende a restricciones en la producción alternando fases de auge y de estancamiento económico.

      Este funcionamiento estructural tiene consecuencias inmediatas sobre las condiciones de vida y de trabajo de la población, acrecentando la pobreza, el desempleo y la marginalidad. El mercado no puede atender a las demandas de la sociedad sometida a condiciones de explotación y escasez en el acceso a los bienes básicos y el Estado debe intervenir para neutralizar los efectos más nocivos del propio desarrollo capitalista, restituyendo el equilibrio económico general, a través de políticas de reactivación y distribución de beneficios.

      En este contexto surge el Estado asistencial para combinar los principios de libertad económica y seguridad social en respuesta a las movilizaciones y luchas obreras que se extendieron desde fines del siglo XIX hasta mediados del XX. Las decisiones implementadas por los estados significaron la expansión progresiva de los servicios públicos: educación, salud, vivienda; el desarrollo del sistema fiscal basado en el principio de la tasación progresiva; creciente tutela de los derechos laborales, incentivos a la redistribución de la riqueza por la vía de la cobertura previsional y la legislación laboral.

      El Estado Social, con los atributos que lo constituirán en un modelo de ordenación política comprensivo de la realidad económica y social, comienza a visualizarse en la segunda mitad del siglo XIX. Pueden rastrearse antecedentes más remotos en la “Poor Law” de 1601, una normativa inglesa que consistía en un sistema de subsidios a las personas pobres, evitando la expulsión