Manual del consumidor financiero peruano. Jorge Antonio Machuca Vílchez

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Название Manual del consumidor financiero peruano
Автор произведения Jorge Antonio Machuca Vílchez
Жанр Зарубежная деловая литература
Серия
Издательство Зарубежная деловая литература
Год выпуска 0
isbn 9786123183233



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e, incluso, fuera de ella. Es decir, en corto tiempo, es posible que se produzcan retiros de forma tal que la empresa no pueda afrontarlos y se declare en quiebra.

      • Confiabilidad. El consumidor financiero en el Perú se caracteriza, principalmente, por su desconfianza en el sistema financiero. En ese sentido, la Encuesta Nacional de Demanda de Servicios Financieros y Nivel de Cultura Financiera, de la SBS y de la Cooperación Suiza (SECO), reveló que el 66% de los peruanos ahorra, pero el 37% lo efectúa al margen del sistema financiero (SBS, 2016). Ello a pesar de que el Estado protege a los consumidores frente a los proveedores que operan en el mercado. Es importante no caer en esquemas de desregulación como acaeció en Estados Unidos. En este país, a partir de la premisa de favorecer a la industria financiera, paulatinamente se dejó de regular de forma apropiada el mercado. Como es sabido, esto derivó en la desprotección de los consumidores, y se desató una enorme crisis financiera que generó grandes pérdidas al país, desempleo y una desconfianza generalizada hacia los mercados financieros.

      1.2.3 Sistema financiero y desarrollo nacional

      Según la Real Academia Española (RAE), se entiende por sistema al “conjunto de cosas que relacionadas entre sí ordenadamente contribuyen a determinado objeto”.

      Así, conforme se ha revisado, el sistema financiero está constituido por el conjunto de empresas bancarias, financieras, cajas municipales de ahorro y crédito, cajas rurales de ahorro y crédito, edpymes, empresas especializadas, empresas de servicios conexos, compañías de seguros y administradoras privadas de fondos de pensiones debidamente autorizadas por la SBS.

      El sistema financiero está compuesto por sociedades mercantiles (SA y SAA) que cuentan con autorización de la SBS para llevar a cabo, en forma permanente, profesional y masiva, cierto tipo de operaciones permitido por la ley (Acosta, 1991).

      ¿Cuál es el objeto al que contribuyen? Como se señala claramente en la ley, estas empresas contribuyen al desarrollo nacional.

      En relación con lo anterior, cabe precisar que el sistema financiero contribuye al desarrollo nacional a través de las siguientes líneas de acción:

      • Intermediación financiera indirecta, pues de esa manera el dinero se canaliza a necesidades reales de la población. Los recursos del agente superavitario se dirigen al deficitario que carece de ellos.

      • Captación de los ahorros, lo cual constituye una fuente de crecimiento, toda vez que una alta tasa de ahorro garantiza la existencia de recursos suficientes para invertir.

      • Logro de la estabilidad monetaria, a través del Banco Central de Reserva del Perú (BCRP).

      • Mitigación de los riesgos de la población. En efecto, si se asume que los sistemas de seguros y privado de pensiones conforman el sistema financiero, los riesgos de salud, vejez y patrimoniales están cubiertos. Cabe resaltar que dichos sistemas merecen un capítulo especial en el presente manual.

      1.3 Entidades del sistema financiero

      El sistema financiero nacional se clasifica de la siguiente forma: (i) empresas de operaciones múltiples, (ii) empresas especializadas y (iii) empresas de servicios complementarios.

      1.3.1 Empresas de operaciones múltiples

      Son aquellas que pueden desarrollar y efectuar diversas operaciones relacionadas con la intermediación financiera.

      a. Empresas bancarias

      Son las entidades del sistema financiero que gozan de mayor antigüedad en el mercado. Su principal negocio consiste en recibir dinero del público en depósito, o según cualquier otra modalidad contractual, y utilizarlo, así como su propio capital y el que obtenga de otras fuentes de financiación, para otorgar créditos en diversas modalidades.

      Además, se caracterizan por ser las entidades a las que normativamente, siempre en aplicación del principio de solidez, se les exige mayor capital social para realizar sus actividades de intermediación financiera.

      b. Empresas financieras

      De acuerdo con lo señalado por la Ley General, son aquellas que captan recursos del público, y cuya especialidad consiste en facilitar las colocaciones de primeras emisiones de valores, operar con valores mobiliarios y brindar asesoría de carácter financiero.

      Son empresas que realizan similares operaciones a las de la banca, salvo la restricción del manejo de la cuenta corriente para el otorgamiento de los créditos llamados sobregiros. Tampoco participan del comercio exterior con sus productos y relación de corresponsalía internacional.

      Finalmente, se caracterizan por disponer de un capital social menor que el de las empresas bancarias.

      c. Caja Municipal de Ahorro y Crédito (CMAC)

      Es aquella empresa que capta recursos del público y cuya especialidad consiste en realizar operaciones de financiamiento, preferentemente, a las pequeñas y microempresas.

      Su origen se remonta al 14 de mayo de 1980, mediante la promulgación del Decreto Legislativo 23039, a través del cual se crearon las CMAC en los consejos provinciales del país. Estas se ubicaron en diferentes lugares de Lima Metropolitana, donde ya existía, mediante la Ley 10769 (1947), la Caja Municipal de Crédito Popular, la primera institución crediticia municipal. Desde el principio, su objeto estaba orientado a ocuparse de determinados segmentos de la población usualmente no atendidos por el sistema financiero formal. La segunda CMAC en iniciar operaciones se situó en Trujillo (1984), y la siguieron las de Sullana, Santa y Arequipa (1986), Maynas (1987), entre otras.

      d. Caja Rural de Ahorro y Crédito (CRAC)

      Es aquella empresa que capta recursos del público y cuya especialidad consiste en otorgar financiamiento preferentemente a la mediana, pequeña y microempresa del ámbito rural. Las CRAC se crearon mediante la Ley 25612, publicada en el diario oficial EL Peruano, con fecha 8 de julio de 1992, con el objetivo de cubrir el vacío de financiamiento del sector agropecuario producto de la quiebra y posterior liquidación del Banco Agrario, la cual se efectuó como parte de la reforma financiera de 1992.

      e. Caja Municipal de Crédito Popular (CMCP)

      Se creó con esta denominación mediante la Ley 10769, del 20 de enero de 1947; se reglamentó a través del Acuerdo de Concejo 0062, de 1971, de propiedad de la Municipalidad Metropolitana de Lima, con autonomía económica y financiera; e inició sus operaciones el 8 de setiembre de 1949. De acuerdo con lo dispuesto por el numeral 5 del artículo 282 de la Ley General, es una empresa especializada en otorgar créditos pignoraticios al público en general. Asimismo, se encuentra facultada para realizar operaciones activas y pasivas con los consejos provinciales y distritales, y con las empresas municipales dependientes de los primeros, así como para brindar servicios bancarios a dichos consejos y empresas.

      La Caja Metropolitana tiene por finalidad fomentar el ahorro y desarrollar el crédito de consumo en las modalidades de préstamos pignoraticios y personales. Adicionalmente, concede créditos a la pequeña y microempresa, e hipotecarios para financiación de vivienda.

      f. Entidad de Desarrollo