Название | Nuevos públicos para las artes escénicas |
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Автор произведения | Andrea Hanna |
Жанр | Документальная литература |
Серия | SEA (Ser / Estar / Acción) |
Издательство | Документальная литература |
Год выпуска | 0 |
isbn | 9789874803412 |
Planteado este panorama, habrá que centrarse en la definición de las políticas públicas del ámbito de la cultura, en lo específico de las ciudades donde se desarrollan los casos que importan a esta investigación: CABA12 y Santiago de Chile13.
En el año 1994, la Convención Constituyente reformó la Constitución nacional que en su artículo 129 estableció un régimen de gobierno autónomo para la ciudad de Buenos Aires que está organizado a través de tres poderes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial. Por su magnitud y diversidad en la oferta cultural, CABA es considerada una de las tres ciudades con mayor desarrollo cultural junto a Nueva York y Londres.
Lo primero que se destaca es que, a nivel nacional, Argentina no cuenta aún con una ley específica de cultura. En CABA, durante la gestión de Jorge Telerman, a cargo de la entonces Secretaría de Cultura, fue presentado el Plan Estratégico de Cultura de la Ciudad de Buenos Aires que, según lo expresa una nota publicada el 31/5/2001 por el diario Clarín14, intentaba desterrar la sentencia de que en Argentina las políticas públicas se manejaban a corto plazo por cuanto cada funcionario que asumía barría con lo malo pero también con lo bueno hecho por su antecesor. Según la información relevada para este libro durante el período que importa a esta investigación, a excepción de las partidas presupuestarias asignadas al área de cultura, recién en el año 2012 CABA publica en su sitio web el Programa General de Acción y Plan de Inversiones15 (bianual) conjuntamente con el Presupuesto del año para el Ministerio de Cultura. Con relación a los públicos, solo los menciona cuando señala que el programa contempla “nuevas estrategias para incorporar nuevos públicos al consumo cultural”.
Respecto de las políticas culturales del país trasandino, en el año 1992 se crea el Fondo Nacional de Desarrollo Cultural y las Artes (FONDART) y en 2003, mediante la Ley 19891, el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes (CNCA) con la intención de asegurar una coordinación permanente entre todos los organismos del Estado chileno que tenían incidencia en materias culturales.
Con este marco surge el primer documento que se dio en llamar Chile quiere más Cultura16 que estableció los lineamientos de política cultural para el período 2005-2010. La elaboración de dicho documento “comprometió la participación de los trece Consejos Regionales y de los Comités Consultivos locales, consagró como ‘política cultural’ del Estado chileno a nueve principios ordenadores, cuatro líneas estratégicas, diez objetivos centrales y 52 medidas específicas” (Antoine, 2012, p. 6).
A través del CNCA, el Estado chileno delineó las políticas culturales para el período 2011-2016, articulándolas en torno a tres ejes:
•Creación artística
•Patrimonio cultural
•Participación ciudadana
Precisamente, uno de los objetivos del eje de participación ciudadana es el de incrementar y formar nuevas audiencias así como generar hábitos de participación cultural en la comunidad.
Intervención indirecta del Estado en la cultura
Como ambos países cuentan con normativa de intervención indirecta del Estado en la cultura, resulta interesante puntualizar aquellas semejanzas y diferencias más significativas respecto de los casos que considera el presente trabajo.
La Ley Nº 2264/2006 (modificada por las Leyes Nº 4093 y Nº 4785) crea en CABA el Régimen de Promoción Cultural (Mecenazgo)17. Por su parte, en Chile, la Ley Nº 18985 de Donaciones Culturales (LDC), conocida como Ley Valdés, fue sancionada en 1990 y modificada por las Leyes Nº 19721, Nº 19884, Nº 19885 y Nº 20675.
En el siguiente cuadro se resumen las semejanzas y diferencias más significativas entre ambos.
Fuente: Elaboración propia a partir de la Ley Nº 2264 y modific. (Mecenazgo–CABA), la Ley Nº 18985 (LDC–Chile) y Antoine (2016)18.
Hasta aquí, se plantea la cuestión de las políticas culturales de ambos países. En los próximos capítulos se pondrá el foco en la política en cultura de las artes escénicas, más específicamente en la normativa vinculada a la formación de públicos y su vínculo con la educación, tanto en CABA como en la ciudad de Santiago.
10 Solo se consignan las políticas culturales implementadas en las post dictaduras, excepto el FNA, creado en 1958.
11 Mejía, Juan Luis. ¿Derechos sin Estado? Tres momentos de la institucionalidad cultural en América Latina. En Pensar Iberoamérica N° 7, 2004. http://www.oei.es/pensariberoamerica/ric07a05.htm En Boletín Informativo del Laboratorio de Industrias Culturales. Año 4 No 18–Julio, 2009. http://Www.Sinca.Gob.Ar/Archivos/Documentacion/Investigaciones/Click4-18-Institucionalidad_Cultural.Pdf. Recuperado el 31/12/2016.
12 La superficie de CABA es algo superior a los 200 km2 y su perímetro es de 60 km. Viven cerca de tres millones de habitantes. http://www.estadisticaciudad.gob.ar/eyc/wp-content/uploads/2016/04/2016_03_buenosaires_en_numeros.pdf
13 De acuerdo a los datos del último censo de 2002, la provincia de Santiago, compuesta por 32 comunas, cuenta con 4.728.443 habitantes y una superficie de 2.030 km2. https://www.gobiernosantiago.cl/datos-geograficos
14 http://edant.clarin.com/diario/2001/05/31/s-03803.htm. Recuperado el 7/8/2016.
15 http://www.buenosaires.gob.ar/sites/gcaba/files/jur50.pdf. Recuperado el 7/8/2016.
16 http://www.cultura.gob.cl/wp-content/uploads/2012/03/Chile-Quiere-Más-Cultura.-Definiciones-de-Pol%C3%ADtica-Cultural-2005-2010.pdf. Recuperado el 30/12/2016.
17 A partir de 2019 se implementa la Ley Nº 6026 que crea el Régimen de Participación Cultural. Los aportantes serán solo Patrocinadores y el porcentaje del importe aportado que recibirá el proyecto cultural dependerá de lo que determine el Consejo de Participación Cultural al momento de la aprobación. Solo los proyectos de inclusión social podrán beneficiarse con el 100% del aporte. El porcentaje para los restantes partirá del 80% y dependerá de la cantidad de veces que hayan sido beneficiarios.
18 Antoine, Cristian (2016). Cambios en la legislación sobre financiamiento privado a la cultura en Chile. Últimas modificaciones a la Ley Valdés. Contexto, evolución y cambios en la legislación sobre financiamiento privado de la