Название | Curso de Derecho Constitucional. Tomo I |
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Автор произведения | Ángela Vivanco Martínez |
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Издательство | |
Год выпуска | 0 |
isbn | 9789561426498 |
Las distintas orientaciones en la materia han quedado plasmadas en el trabajo de Peter Worsley sobre el Totemismo, para lo cual cita a Lévi-Strauss: “el totemismo no es un rasgo “etnográfico” separable, peculiar de los australianos y de algunos otros pueblos, sino un ejemplo particular de un fenómeno mucho más general, que todas las sociedades deben encarar realmente, de un modo o de otro: el problema de cómo los hombres perciben, seleccionan, ordenan intelectualmente y natural, respectivamente, y cómo se establecen las conexiones entre esos dos órdenes”61.
Siguiendo la misma línea de argumentación, el autor citado concluye que “se relacionan el mundo de los objetos naturales y el mundo de los objetos culturales”62.
Un enfoque distinto es el que muestra Freud, señalando que “el totemismo enfrenta al hombre con la naturaleza porque implica una represión de la actividad natural”63.
Las diferencias entre ambos autores quedan de manifiesto a través del siguiente texto: “Para Freud el “totemismo” implica una relación entre las necesidades y las emociones humanas y el mundo de la naturaleza; para Lévi-Strauss implica una relación entre los procesos del pensamiento humano y el mundo natural”64.
Sobre la ubicación que tiene el Tótem en la estructura de estas sociedades, vale tener en cuenta lo señalado por Claude Lévi-Strauss, bajo el siguiente tenor: “El mundo animal y el mundo vegetal no son utilizados solamente porque se encuentren allí, sino porque proponen al hombre un método de pensamiento”65 .
Interesante resulta ver la relación entre Tabú y Totemismo, respecto de lo cual Freud indica que “los tabúes son un rasgo del clan totémico en el cual se heredan... son un fenómeno de descendencia... fueron generados en el hecho primario y luego se heredaron en el clan totémico... recalca que los tabúes deben haber tenido origen en el tiempo, y cómo los clanes alegan descender de animales a los que identifican con el pasado original66.
Muchos autores han criticado en Freud el hecho de haberse encargado exclusivamente de las tribus australianas para el estudio del totemismo y la razón de tal elección obedece a la necesidad de contar con un grupo que obedeciera a la estructura de sociedad unilineal que sea capaz de explicar la materia de análisis. Sobre este grupo pudo concluir que “el reconocimiento de que las motivaciones y las prohibiciones son parte integrante del sistema unilineal. No es que tengamos tales y tales tabúes y fobias porque seamos matrilineales, sino que somos matrilineales porque tenemos tales y tales tabúes y fobias”67.
B.4) Idea de Mando y Obediencia: En toda tribu o aldea se encuentra este tipo de esquema, fundado en algunos criterios como la reproducción del orden familiar, el mando religioso (sacerdote como gobernante), mando guerrero y otras formas mixtas de mando. Estas figuras resultan bastante estáticas y su designación obedece, en la mayoría de los casos, a criterios tradicionales.
Es básico para estructurar el concepto de Sociedad pues esta relación de mando y obediencia se configura cuando un número de personas llevan a cabo alguna empresa en común para conseguir beneficios a la comunidad y el obedecer se basa en respaldar el mando para lograr dicho objetivo.
C) Asociaciones o Grupos Intermedios
“Por asociación debe entenderse una relación social con una regulación limitadora hacia fuera cuando el mantenimiento de su orden está garantizado por la conducta de determinados hombres destinada en especial a ese propósito”68. De aquí que podemos decir que las asociaciones o grupos intermedios no son una comunidad, sino que se trata de organizaciones dentro de una comunidad. El nombre “grupos intermedios” se debe a que estas asociaciones se sitúan en un punto intermedio entre la persona y el Estado (Estado que también es una comunidad), sirviendo como canal para la realización de fines propios y de intereses particulares que no deben ser absorbidos por el sistema político, sino respetados y reconocidos.
La existencia de ciertos grupos o asociaciones y su reconocimiento como expresión de la sociabilidad humana es un factor extraordinariamente importante desde el punto de vista del Derecho Político para definir distintos regímenes políticos, entre los que desde ya podemos distinguir los republicanos, los autocráticos y totalitarios, esto según la tipología de Bernard Crick69.
El citado autor señala que: “Un sistema político puede estar lo bastante bien fundado en la historia, el hábito y la creencia, para resistir un comportamiento inconscientemente impolítico e incluso antipolítico. (Un estadista hasta puede pensar que está actuando de conformidad con ciertos principios ideológicos; pero si se halla sometido a las presiones políticas, su comportamiento real puede ser más razonable que su retórica). Las doctrinas políticas son producto del tiempo y de las circunstancias; hay coyunturas en que parecen requerirse todos sus elementos. Pero esto no significa que sea sensato intentar sistematizarlas en algún conglomerado político perfecto; porque representan intereses diferentes y su común aceptación de los métodos políticos no implica, en definitiva, un acuerdo sobre algo más fundamental que eso”70.
Es en los regímenes totalitarios donde encontramos la ausencia de estos grupos como intermedios e independientes del Estado, pudiendo ser considerados en realidad desde dos puntos de vista:
C.1) Punto de vista corporativo: Donde el grupo intermedio es querido y propiciado por el Estado para una mejor dominación de las fuerzas sociales, como es el caso del fascismo italiano.
C.2) Punto de vista de sujeción: En donde la asociación es orientada en su acción y dominación a todo sector dentro de la sociedad, como es el caso del nacionalsocialismo alemán.
D) Comunidad
Se le puede aplicar el término comunidad a donde se presente un conjunto de seres humanos pequeño o grande y sus miembros vivan juntos, de tal forma que todos participen no de este o aquel interés particular, sino de las condiciones básicas de una vida en común.
Podríamos entonces definir la comunidad como “una relación social cuando y en la medida en que la actitud en la acción social se inspira en el sentimiento subjetivo de los partícipes de construir un todo”71.
Con una orientación más sociológica, se puede citar a Fichter, quien entiende la comunidad como “un grupo territorial de personas con relaciones recíprocas, que se sirve de medios comunes para lograr fines comunes”72.
En ningún momento debe confundirse la comunidad con la sociedad, porque la primera es un sector organizado dentro de la sociedad completa. Así podemos considerar a la comunidad como un paso más adelantado de sociabilidad humana donde tiene importancia la cohesión social que lleva un grado superior de abstracción, reflexión y acuerdo racional.
De lo cual se pueden extraer las siguientes características de la comunidad:
D.1) “una comunidad está esencialmente “ligada al suelo” en cuanto que las personas viven establemente en una zona determinada”73.
Según lo señalado, podemos indicar que entre los miembros de la comunidad surgen estrechos lazos a raíz de la estabilidad territorial.
D.2) “Tienen la conciencia de pertenecer tanto al grupo como al lugar y funcionan conjuntamente en los principales asuntos de vida”74.
Tal característica se materializa en el reconocimiento de una identidad común entre sus miembros.
D.3) “La comunidad se considera siempre en relación con el entorno físico”75.
D.4) “Los miembros de la comunidad tienen conciencia de las necesidades de las personas dentro y fuera de su grupo inmediato y tienden a cooperar estrechamente”76.
Lo que lleva al surgimiento de compromisos por parte de los miembros de la comunidad hacia ella misma, muestra de la solidaridad entre sus componentes.